Tu empresa necesita un
Plan de Igualdad
e impartir formación en Igualdad, Diversidad e Inclusión del colectivo LGTBI
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¿Tener un Plan de Igualdad es obligatorio para tu Empresa?
El Plan de Igualdad es recomendable para todas las compañías con el objetivo de implementar medidas que promuevan la igualdad plena entre hombres y mujeres y el respeto a la diversidad, pero obligatorio para:
- Empresas de 50 o más personas trabajadoras.
- Empresas cuyo convenio colectivo así lo disponga.
- Cuando la autoridad laboral lo exija como consecuencia de un proceso sancionador.
- Todas las Administraciones Públicas.
Y también para empresas con menos de 50 personas trabajadoras
Existen otras series de obligaciones para empresas con menos de 50 personas trabajadoras:
- Confeccionar un Registro Retributivo y actualizarlo anualmente.
- Adoptar medidas de igualdad.
- Elaborar un protocolo para la prevención de la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, especialmente, para la prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
Beneficios adicionales al implementar un Plan de Igualdad
Pero además teniendo un Plan de Igualdad obtendrás los siguientes beneficios:
- Evitar sanciones (desde 626€ a 187.515€)
- Mejorar la puntuación de la empresa en concursos y licitaciones para contratos con las Administraciones Públicas.
- Ser un referente empresarial en materia de Igualdad obteniendo el distintivo de Igualdad que otorga el Ministerio de Igualdad, y que además te hará destacar en cualquier licitación pública.
¿Cómo trabajamos?
¿Cómo trabajamos?

Fase 1
Elaboración de documentación de compromiso de la empresa con la Igualdad de oportunidades.

Fase 2
Constitución de la Comisión Negociadora de Igualdad.

Fase 3
Redacción de Informe diagnóstico con todas las materias exigidas legalmente, así como las adicionales que considere la empresa.

Fase 4
Preparación del registro retributivo e informe de auditoría.

Fase 5
Propuesta de medidas en base a resultados del Informe.

Fase 6
Elaboración o revisión del Protocolo de acoso sexual y por razón de sexo.

Fase 7
Redacción final del Plan de Igualdad con todos los requisitos exigidos por la normativa.

Fase 8
Solicitud de registro en el Registro de Convenios Colectivos y Planes de Igualdad.

Fase 9
Acompañamiento en la puesta en marcha de las medidas y seguimiento de las mismas, elaborando los informes medios de seguimiento y el informe final de evaluación del Plan de Igualdad.

Fase 10
Realización anual del Registro retributivo junto con la revisión de la valoración de puestos de trabajo.
Queremos ser tu consultora de RRHH, especializada en Formación, Igualdad y Diversidad
¿Cómo podemos ayudarte? Nuestros Servicios

Planes de Igualdad
Un Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas adoptadas después de llevar a cabo un diagnóstico de situación. Dichas medidas buscan alcanzar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en cualquier aspecto del ámbito laboral.

Protocolos de Acoso Sexual y por Razón de Sexo
El Protocolo es una herramienta interna para las empresas con el fin de garantizar la máxima agilidad y confidencialidad desde la recepción de una denuncia hasta la puesta en marcha de medidas para erradicar cualquier posible acoso o conducta discriminatoria.

Política Retributiva
Se trata del análisis de la estructura política de la empresa, poniendo el foco en las retribuciones desagregadas por sexo en los diferentes puestos de trabajo, y realizando un análisis de valoración de los mismos.

Formación y charlas de concienciación y sensibilización para la igualdad
Resulta fundamental sensibilizar a todas las personas que forman parte de una empresa en la importancia que tiene la lucha por la igualdad en el ámbito laboral, así como capacitar a las personas responsables de recursos humanos, dirección de equipos, o responsables de grupos, en la eliminación de sesgos y puesta en marcha de políticas activas de inclusión.

Protocolos LGTBI+
La normativa sobre colectivo LGTBI obliga a las empresas a contar con un conjunto de medidas y acciones en las empresas para dicho colectivo. Si bien esta normativa está pendiente de regulación reglamentaria, es importante tener desde ya un protocolo para actuar frente a situaciones de acoso o discriminación por pertenencia a este colectivo.

Puesta en marcha, seguimiento y evaluación de Planes de Igualdad.
Suele pasar desapercibida, pero la fase más importante es la puesta en marcha de las medidas que hemos acordado en el Plan de Igualdad para ver si son las adecuadas y si están alcanzando nuestros objetivos de mejora en la empresa.
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Obligaciones en Igualdad y Diversidad
- Planes de igualdad (más de 50 trabajadores o si una sentencia les obliga o su convenio colectivo les obliga).
- Implantación, seguimiento y evaluación de los planes (reunión anual, informes al cabo de 2 años y al final a los 4 años).
- Actualización del plan de igualdad
- Protocolo de acoso sexuaL (obligatorio para todas las empresas)
- Plan LGTBI para empresas de más de 50
- Independiente del plan.
- Registro retributivo e informes de auditoría. (para todas las empresas con actualización anual).
- Valoración de puestos de trabajo con perspectiva de género. Más de 50 personas está dentro del plan de igualdad.
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Normativa Aplicable en Planes de Igualdad y relacionados
Las normativas que tienes que tener en cuenta para tu empresa son:
- Planes de Igualdad: Ley orgánica 3/2007, Real Decreto-Ley 6/2019, Reales Decretos 901/2020, y 902/2020
- Protocolos LGTBI+: Ley 4/2023 para la igualdad de las personas LGTBI
- Protocolo de acoso sexual o por razón de sexo: Ley orgánica 3/2007, Real Decreto-Ley 6/2019, Reales Decretos 901/2020, y 902/2020
- Canal de denuncias: Ley 2/2023 de protección al informante
- Valoración de puestos de trabajo con perspectiva de género: Ley orgánica 3/2007, Real Decreto-Ley 6/2019, Reales Decretos 901/2020, y 902/2020
- Formación y charlas de concienciación y sensibilización para la igualdad: Ley orgánica 3/2007, Real Decreto-Ley 6/2019, Reales Decretos 901/2020, y 902/2020
Somos una consultora de RRHH, especializada en Formación, Igualdad y Diversidad
- Somos una compañía especializada en Igualdad y Diversidad con más de 7 años de experiencia en el campo, incluso antes de la promulgación de la legislación, lo que nos convierte en auténticos expertos en el área y en las últimas actualizaciones legales.
- En nuestro trabajo, nos adaptamos totalmente a las necesidades de nuestros clientes, ofreciendo un acompañamiento integral en todo momento. Nos destacamos por nuestra rápida capacidad de respuesta y nuestra disposición constante para asegurar que el cliente se sienta acompañado durante todo el proceso.
- Nos comprometemos a trabajar con plazos realistas y adaptados a las necesidades específicas de cada cliente. Como consultores, invertimos tiempo en conocer a fondo a nuestros clientes, estudiar sus casos, objetivos y necesidades para así preparar propuestas totalmente personalizadas.
- Contamos con un equipo profesional compuesto por consultores y abogados especializados en materia de Igualdad y Diversidad.
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¿Impartir formación en Igualdad, Diversidad e Inclusión del colectivo LGTBI es obligatorio?
El Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas establece en su artículo 15 una serie de obligaciones que todas las empresas de más de 50 personas deben cumplir, entre ellas la obligación de impartir formación y sensibilización sobre el colectivo LGTBI en el ámbito profesional incluyendo los siguientes contenidos obligatorios:
- Conocimiento general y difusión del conjunto de medidas planificadas LGTBI recogidas en el o los convenios colectivos de aplicación en la empresa o los acuerdos de empresa en su caso, así como su alcance y contenido.
- Conocimiento de las definiciones y conceptos básicos sobre diversidad sexual, familiar y de género contenidas en la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
- Conocimiento y difusión del protocolo de acompañamiento a las personas trans en el empleo, en caso de que se disponga del mismo.
- Conocimiento y difusión del protocolo para la prevención, detección y actuación frente al acoso discriminatorio o violencia por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género y características sexuales.
Estas formaciones se dividirán en sesiones de sensibilización para toda la plantilla y acciones formativas especializadas para mandos intermedios, puestos de dirección y personas trabajadoras con responsabilidad en la dirección de personal y recursos humanos.
En ES.X.TI te ofrecemos la posibilidad de dar sesiones de sensibilización incluyendo estos contenidos obligatorios así como formación en igualdad, lenguaje inclusivo, diversidad, sesgos inconscientes y acoso sexistas en el lugar de trabajo.
¿Cómo trabajamos?
Diseñamos formaciones ad hoc en función de las necesidades de cada cliente en todos los formatos posibles: presencia, aula virtual, e-learning e hibrido. Adaptamos los contenidos, horarios y duración a la situación particular de cada empresa.
Además, puedes beneficiarte de que todos nuestros cursos son bonificables por FUNDAE.

Fase 1
Detección de necesidades formativas del cliente

Fase 2
Preparación de propuesta formativa ad hoc en función de la situación de la empresa

Fase 3
Diseño de contenidos específicos

Fase 4
Gestión de FUNDAE

Fase 5
Impartición de formaciones

Fase 6
Evaluaciones de la formación y evaluaciones al alumnado (siempre y cuando así lo desee la empresa)

Fase 7
Entrega de diplomas acreditativos de la formación para justificar que se han impartido los contenidos obligatorios por la normativa
Contáctanos
Si tienes alguna pregunta sobre los Planes de Igualdad para empresas, diversidad, formación o cualquier otro aspecto relacionado con los RRHH de tu empresa, estaremos encantados de poner informarte, ¡solo contáctanos!

