Creamos o actualizamos el plan de igualdad de oportunidades de tu empresa. Nos comprometemos a tenerlo listo para registro en el plazo de 3 meses.
Empecemos por lo básico…
El Plan de Igualdad es un documento formado por diferentes medidas que pretenden alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Desde el 8 de Marzo de 2022 , es un documento obligatorio para todas las empresas de más de 50 empleados/as.
Y ahora a lo interesante…
El Plan de Igualdad es obligatorio para las empresas de más de 50 personas en plantilla.
No contar con un Plan de Igualdad hace que tu empresa no pueda presentarse a licitaciones de la Administración Pública.
Cada día más, la sociedad valora positivamente a las empresas comprometidas con crear una sociedad mejor.
Pero no todo es coser y cantar…
Gestionamos el preaviso a los sindicatos y asesoramos a tu empresa en los momentos iniciales del proceso.
Preparamos la documentación necesaria para realizar el diagnóstico y la auditoría retributiva, proponemos medidas y las registramos en los formatos necesarios.
Nos aseguramos de que el Plan de Igualdad de tu empresa se registre de manera correcta en el Ministerio, haciendo las modificaciones necesarias en cada caso.
Nosotros ya hemos pasado por más de uno…
Nosotros ya hemos pasado por más de uno…
Y todos dicen que somos…
Contamos con experiencia en la negociación y redacción de planes de igualdad para empresas en diferentes sectores
Nos comprometemos a crear el Plan de Igualdad de tu empresa en 3 meses.
Ofrecemos un precio fijo y ajustado.
Y todos dicen que somos…
Y ahora queremos ayudarte a ti…
¿Tienes dudas?
El Real Decreto 901/2020 de 13 de octubre, establece que todas las empresas con más de 50 personas en plantilla están obligadas a tener un plan de igualdad desde la entrada en vigor de la norma, aunque concede una moratoria a las empresas de menor tamaño:
El plan de igualdad es ahora un requisito legal a cumplir por todas las empresas de más de 50 trabajadores/as. Si no lo tienen con posterioridad al plazo marcado por la ley se enfrentan a una multa en caso de inspección laboral. Por otro lado, las empresas que opten a licitaciones y concursos públicos deberán tener un plan de igualdad para poder optar a la licitación.
Su empresa está obligada a hacer el plan de igualdad en el momento que supere el total de 50 personas trabajadoras, aunque luego este número se vea reducido. Eso sí contará con un plazo de 6 meses para elaborarlo desde que supera las 50 personas en plantilla.
La empresa debe informar a los representantes de las personas trabajadoras en la empresa (comité de empresa o delegados/as de personal) de su intención de negociar un plan de igualdad. Si no hay representación legal de las personas trabajadoras, la empresa deberá informar por carta de su intención de iniciar el proceso de negociación a los sindicatos mayoritarios en su sector. En este proceso la empresa puede contar con una asesoría que le indique el procedimiento legal.
Ofrecemos un servicio de principio a fin, desde que nos llama hasta que se registra el Plan de Igualdad en el Registro del Ministerio de Igualdad.
Nuestro servicio se basa en 3 pilares:
Además, ofrecemos la posibilidad de registrar legalmente el plan en nombre de la empresa, si lo prefiere.
¿Comenzamos?
O si lo prefieres…
No esperes más y…